Trametia

Guía práctica · 8 min de lectura

Factura electrónica B2B en la pyme industrial: emitir, recibir y comunicar estados

Respuesta corta (a 27 de octubre de 2026). La factura electrónica entre empresas será obligatoria el 6 de octubre de 2027 para las empresas con más de 8 M€ de volumen de operaciones y el 6 de octubre de 2028 para el resto (Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026, de la Solución Pública de Facturación Electrónica, BOE de 5/10/2026). No basta con emitir: también hay que recibir las facturas de proveedor en formato estructurado y comunicar su aceptación o rechazo y su pago en 4 días. En una pyme industrial eso toca ventas y compras del ERP. Adaptarlo con Trametia cuesta desde 6.000 € + IVA, en 4-6 semanas, después de un diagnóstico de cumplimiento de 900 € + IVA.

Dos facturas sobre fondo grafito unidas por hilos de luz cobre: una emitida, con código QR, y otra recibida, con una marca de aceptación
Imagen generada con IA

¿Qué dice exactamente la norma y desde cuándo?

QuéNormaA quiénFechaEstado a 27/10/2026
Obligación de expedir, remitir y recibir facturas electrónicas entre empresasArt. 2 bis de la Ley 56/2007, en la redacción de la Ley 18/2022 («Crea y Crece»)Empresarios y profesionalesLa que fija el reglamentoLey vigente
Reglamento de desarrolloReal Decreto 238/2026Empresas y profesionales con más de 8 M€ de volumen de operaciones6/10/2027En el BOE
Reglamento de desarrolloReal Decreto 238/2026Resto de empresarios y profesionales6/10/2028En el BOE
Solución Pública de Facturación Electrónica (Agencia Tributaria)Orden HAC/1028/2026, BOE-A-2026-20587 (5/10/2026)Todos los obligadosMismas fechasEn el BOE
Comunicación de estados por personas físicas (autónomos)Real Decreto 238/2026, disposición transitoria terceraPersonas físicas y entidades en atribución de rentas6/10/2029 (hasta entonces, voluntaria)En el BOE

Las fechas cuentan desde la entrada en vigor de la orden ministerial (6/10/2026): doce meses para quien superó 8 M€ de volumen de operaciones el año anterior y veinticuatro para el resto. Ninguna de las dos depende del aplazamiento de Verifactu anunciado por Hacienda, que no está publicado en el BOE.

¿Qué tiene que hacer el ERP al emitir?

  • Generar la factura en formato estructurado, con el modelo semántico EN 16931 y una de las sintaxis admitidas: UBL, CII, EDIFACT o Facturae.
  • Enviarla por una plataforma privada de facturación electrónica, por la Solución Pública de la Agencia Tributaria o por las dos.
  • Remitir una copia fiel en UBL a la Solución Pública, a la vez que se emite, cuando la factura viaja por una plataforma privada.
  • Durante los primeros 12 meses, las empresas de más de 8 M€ deben acompañar cada factura de un PDF legible, salvo que el cliente acepte expresamente el formato electrónico.
  • El cliente puede pedir copia de la factura sin coste durante cuatro años desde su emisión.

En la práctica, el ERP ya tiene casi todos los datos. Lo que suele faltar son los códigos (identificadores de cliente, unidades, impuestos en el formato del estándar) y un registro de qué se envió, cuándo y con qué resultado.

¿Qué cambia al recibir las facturas de proveedor?

Es la parte que más se subestima. Hoy, en muchas plantas, la factura de compra llega en PDF por correo, alguien la abre, la teclea en el ERP y la cuadra a ojo con el pedido y el albarán. Con la factura electrónica B2B:

  1. Las facturas llegan como datos, no como imágenes. El ERP puede leerlas sin teclear.
  2. Se cuadran solas con el pedido de compra y el albarán de entrada: precio, cantidades, lote. Las que no cuadran van a una bandeja de revisión, con el motivo.
  3. Se contabilizan con la cuenta y el impuesto que tocan, sin pasar por otra pantalla.

Si recibes unas pocas facturas al mes, se puede hacer a mano desde la Solución Pública. Si recibes cientos, hacerlo a mano anula la ventaja y complica cumplir el plazo de los estados.

¿Qué son los estados y por qué el plazo es de 4 días?

La norma obliga a comunicar qué pasa con cada factura recibida:

EstadoQué significaQuién lo comunica
Aceptación o rechazo comercial, con su fechaDas la factura por buena o no (precio, cantidad, pedido equivocado)El cliente que la recibe
Pago efectivo completo, con su fechaHas pagado la factura enteraEl cliente que la recibe

El pago parcial, la aceptación parcial o la cesión de la factura se pueden comunicar, pero no son obligatorios. El plazo es de 4 días naturales, sin contar sábados, domingos ni festivos nacionales (en la práctica, cuatro días hábiles). A la Solución Pública hay que comunicarle el pago completo o el rechazo; si no hay rechazo, la factura se presume aceptada. Uno de los objetivos de la ley «Crea y Crece» es luchar contra la morosidad: con los estados de pago se ve cuánto tarda cada empresa en pagar. Por eso el estado de pago tiene que salir del ERP en cuanto se registra el pago, no al final del mes.

Ejemplo ilustrativo. No es un cliente real. Una empresa recibe 300 facturas de proveedor al mes. Si cada una lleva 5 minutos entre abrirla, teclearla y cuadrarla, son 25 horas al mes; a 28 €/hora de coste de empresa, unos 700 € al mes. Con 300 facturas y dos estados obligatorios por factura, comunicar los estados a mano no es realista.

¿Por dónde empieza una pyme industrial?

  1. Inventario de emisores y receptores. Qué programas emiten facturas (ERP, tienda, TPV, expedición) y por dónde entran las de proveedor.
  2. Elige la vía de intercambio. Plataforma privada, Solución Pública o las dos. Con muchos proveedores y clientes grandes, una plataforma privada suele compensar; con pocos, la Solución Pública puede bastar. Sin licencias por nuestra parte: te ayudamos a elegir y la conectamos.
  3. Conecta la recepción con compras. Es la parte de integración más larga, porque depende de cómo tienes codificados proveedores, artículos y pedidos.
  4. Automatiza los estados desde la contabilidad y la tesorería del ERP.
  5. Hazlo a la vez que Verifactu si te toca: los dos proyectos abren la misma parte del programa. Si tu ERP es Sage 200 o a3ERP, lee Verifactu en Sage 200 y a3ERP; si es un programa propio o un ERP antiguo, Verifactu y factura electrónica para ERP antiguos.
  6. Si ya tienes EDI con algún cliente, aprovéchalo: el circuito que genera el INVOIC es el punto de partida (ver API y EDI con Sage 200 y a3ERP).

En Trametia lo resolvemos con un diagnóstico de cumplimiento de 900 € + IVA, de precio cerrado, que en 1-2 semanas te dice por escrito qué hay que adaptar, y un proyecto desde 6.000 € + IVA que suele llevar de 4 a 6 semanas. Todos los precios en precios.

Antes de decidir

Preguntas frecuentes

Según el BOE, desde el 6 de octubre de 2027 para empresas y profesionales con un volumen de operaciones de más de 8 M€ y desde el 6 de octubre de 2028 para el resto. Son fechas publicadas, no anunciadas.

Sí, recibir. Desde el 6/10/2027 tus proveedores grandes ya emitirán facturas electrónicas y tus clientes grandes pueden pedirte la tuya. Lo prudente es tener la recepción en el ERP antes de esa fecha, aunque la obligación de emitir te llegue en 2028.

No. Verifactu regula cómo el programa registra cada factura que emites y es una obligación distinta, con su propio calendario. La factura electrónica B2B regula el formato en que se intercambian las facturas entre empresas, su envío, su recepción y los estados. Tocan la misma parte del ERP, por eso conviene plantearlas juntas.

En parte. EDIFACT es una de las sintaxis admitidas, pero hay que comprobar que el mensaje cumple el modelo EN 16931, que la copia llega a la solución pública de la Agencia Tributaria y que se comunican los estados. El circuito del ERP que ya genera el INVOIC es un buen punto de partida.

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Si quieres pasar del texto a los números

  • Verifactu y factura electrónica

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